Medidas para prevenir el lavado de activos




El INAES podrá disponer medidas y acciones preventivas de abstención o suspensión de operatorias, en la prestación del servicio de crédito en cooperativas, de ayuda económica en mutuales y de gestión de préstamos en ambas.


Según la resolución 1659/16 el instituto intervendrá cuando se observen "operaciones no autorizadas o riesgosas en cuanto a la prevención del lavado de activos y la financiación del terrorismo, con el objeto de preservar un sistema genuino de crédito cooperativo y/o ayuda económica mutual".


"Hay una decisión política del Gobierno de dar transparencia y ejercer un fuerte control a las cooperativas y mutuales para evitar abusos y el manejo de fondos espurios", afirmó el presidente del INAES, Marcelo Collomb, en un medio nacional los primeros días de octubre.


A través de convenios firmados entre el INAES, la UIF y el BCRA, habrá un cruce de información financiera entre los organismos del Estado que permitirá profundizar los mecanismos de control.


La resolución establece que el INAES actuará ante el eventual incumplimiento del régimen informativo vigente -establecido por la Unidad de Información Financiera- y cuando no resulte factible realizar las intimaciones pertinentes, ni fiscalizar in situ por no encontrarse actualizado el domicilio de la mutual o cooperativa. Además se prevé intervención en casos en que se impida el ejercicio de la fiscalización pública de las entidades "por denegatoria, entorpecimiento u obstrucción de las supervisiones".