Artículo 9


¿En qué Consiste?

De acuerdo a lo establecido en el artículo 9 de la ley 20321, establece que los socios de las entidades mutuales, cualquiera fuera su categoría, deberán aportar con destino al Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social, el 1% de la cuota societaria.


Para cumplimentar con dicho articulo se deberá generar la boleta por medio del sistema de Boleta Electrónica del INAES.

¿Cómo se hace?

  • PASO 1:

    Ingresar a la página del inaes www.inaes.gob.ar


  • PASO 2:

    Ingresar el código de acceso.


    Paso 3:

    Ingresar en la solapa Sistemas Habilitados – Artículo 9


    Paso 4:

    Seleccionar el periodo a abonar y completar los datos. Una vez finalizado se genera la boleta.


    Paso 5:

    Una vez impresa la misma se deberá abonar en cualquier Banco de la Nacion Argentina.



    ACLARACIÓN: El sistema genera una boleta por mes

¿Qué documentación presentar?

NO se debe presentar ningún tipo de documentación ante el INAES.


¿Debo abonar?

El trámite es gratuito

¿Quién puede efectuarlo?

La entidad con su código de acceso.

¿Dónde lo realizo?

En la página web www.inaes.gob.ar con código de acceso


ACLARACIÓN: Para cualquier consulta sobre la CARGA comunicarse con el sector de Artículo 9º llamando al 4124-9300 interno 1328/1326/1259/1283 en el horario de 10 a 16 hs.


Por ERRORES DE SISTEMA o INCONVENIENTES CON EL MISMO comunicarse con Informática Avda. Belgrano 1656 7º piso Frente -CABA- en el horario de 10 a 16 hs. llamando al 4124-9300 internos: 1109/1118/1106

O bien vía mail a: consultasweb@inaes.gob.ar